Legislación

Medidas urgentes en respuesta a las consecuencias de la guerra en Ucrania

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 28 de Junio de 2024

F. entrada en vigor: 31/03/2022

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 76

F. Publicación: 30/03/2022


TÍTULO I. Medidas en el ámbito energético
CAPÍTULO I. Medidas de apoyo a la industria
Artículo 1. Mecanismo de apoyo para garantizar la competitividad de la industria electrointensiva. Artículo 2. Concesión de un crédito extraordinario destinado a financiar la compensación de peajes. Artículo 3. Medidas de apoyo a la industria gas intensiva. Artículo 4. Crédito extraordinario destinado a financiar el apoyo público a empresas consumidoras de gas.
CAPÍTULO II. Actualización del régimen retributivo específico de la producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración de alta eficiencia y residuos
Artículo 5. Actualización de los parámetros retributivos del régimen retributivo específico aplicables al año 2022.
CAPÍTULO III. Medidas de agilización de los procedimientos relativos a proyectos de energías renovables
Artículo 6. Procedimiento de determinación de afección ambiental para proyectos de energías renovables. Artículo 7. Procedimientos simplificados de autorización de proyectos de energías renovables.
CAPÍTULO IV. Otras medidas por las que se regulan determinados aspectos de los concursos de acceso
Artículo 8. Liberación de capacidad en los nudos reservados para concurso para autoconsumo. Artículo 9. Caducidad de los permisos de capacidad de acceso en caso de incumplimiento de los compromisos adquiridos en la celebración de los concursos de acceso.
CAPÍTULO V. Reducción de la intensidad de las emisiones de gases de efecto invernadero durante el ciclo de vida de los combustibles
Artículo 10. Reducción de la intensidad de las emisiones de gases de efecto invernadero durante el ciclo de vida de los combustibles y energía suministrados en transporte. Artículo 11. Obligación de reducción de la intensidad de las emisiones de gases de efecto invernadero durante el ciclo de vida de los combustibles y energía suministrados en el transporte. Artículo 12. Sujetos obligados a cumplir los objetivos de reducción de la intensidad de las emisiones de gases de efecto invernadero durante el ciclo de vida de los combustibles y la energía suministrados en el transporte. Artículo 13. Combustibles y energía suministrados en el transporte, sobre los que aplican los objetivos de reducción de la intensidad de las emisiones de gases de efecto invernadero durante el ciclo de vida. Artículo 14. Obligación de remisión de información para la evaluación del cumplimiento de los objetivos de reducción de la intensidad de las emisiones de gases de efecto invernadero en el transporte.
CAPÍTULO VI. Bonificación extraordinaria y temporal del precio final de determinados productos energéticos
Artículo 15. Objeto y ámbito de aplicación. Artículo 16. Colaboración en la gestión de la bonificación. Artículo 17. Devolución de las bonificaciones y anticipo a cuenta. Artículo 18. Régimen jurídico de las bonificaciones. Artículo 19. Crédito extraordinario en el Ministerio de Hacienda y Función Pública. Artículo 20. Regulación de la bonificación extraordinaria y temporal del precio final de determinados productos energéticos en los territorios forales.
CAPÍTULO VII. Prestación patrimonial de carácter público no tributario temporal a realizar por los operadores al por mayor de productos petrolíferos
Artículo 21. Prestación patrimonial de carácter público no tributario temporal a realizar por los operadores al por mayor de productos petrolíferos.
TÍTULO II. Medidas en materia de transportes
CAPÍTULO I. Medidas en el sector del transporte marítimo y portuario
Artículo 22. Prolongación voluntaria de los contratos temporales de trabajo y extensión de las autorizaciones de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena, de los tripulantes ucranianos enrolados en buques mercantes de bandera española. Artículo 23. Bonificación a la tasa del buque (T-1) y tasa de la mercancía (T-3) en líneas marítimas de conexión entre la península y puertos extrapeninsulares pertenecientes al sistema portuaria de titularidad estatal. Artículo 24. Medidas respecto de la actividad o tráficos mínimos establecidos en los títulos concesionales.
CAPÍTULO II. Medidas en el sector del transporte por carretera y ferrocarril
Artículo 25. Línea de ayudas directas a empresas y profesionales especialmente afectados por la subida de los precios de los carburantes. Artículo 26. Crédito extraordinario destinado a financiar la línea de ayudas directas a empresas y profesionales especialmente afectados por la subida de los precios de los carburantes. Artículo 27. Línea de ayudas directas a empresas ferroviarias privadas afectadas por la subida de los precios de los carburantes y la energía de tracción. Artículo 28. Aplazamiento en el pago de cuotas de la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta en el sector del transporte urbano y por carretera.
TÍTULO III. Medidas de apoyo al tejido económico y empresarial
CAPÍTULO I. Medidas para reforzar la liquidez de empresas y autónomos
Artículo 29. Aprobación de una línea de avales para la cobertura por cuenta del Estado de la financiación otorgada por entidades financieras a empresas y autónomos. Artículo 30. Régimen de cobranza.
CAPÍTULO II. Medidas de refuerzo por el incremento de costes en el tejido empresarial de actividades críticas del sector primario
Artículo 31. Ayudas de Estado por el incremento de los costes de los productores de leche. Artículo 32. Ayudas de Estado a empresas armadoras de buques pesqueros.
CAPÍTULO III. Medidas de apoyo al sector agrícola, ganadero y pesquero
Artículo 33. Ayudas a sectores agrarios en virtud del Reglamento Delegado (UE) 2022/467 de la Comisión, por el que se establece una ayuda excepcional de adaptación para los productores de los sectores agrarios. Artículo 34. Medidas de financiación de los costes adicionales derivados del incremento de los costes de producción en pesca. Artículo 35. Medidas de financiación de los costes adicionales derivados del incremento de los costes de producción en acuicultura. Artículo 36. Financiación de medidas del sector de la pesca y de la acuicultura. Artículo 37. Aplazamiento en el pago de cuotas de la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta en el sector marítimo-pesquero. Artículo 38. Exención de la tasa de la pesca fresca. Artículo 39. Exención del canon de utilización de los bienes del dominio público hidráulico para instalaciones de acuicultura continental. Artículo 40. Partidas presupuestarias en materia agraria y pesquera.
CAPÍTULO IV. Medidas de ampliación de plazos y flexibilización del cumplimiento de obligaciones en el ámbito cinematográfico y de la propiedad industrial
Artículo 41. Ampliación de plazos para películas beneficiarias de ayudas en el período 2020 a 2022, cuyo rodaje esté previsto en Ucrania, Rusia y países limítrofes afectados por la guerra. Artículo 42. Flexibilización del procedimiento para la calificación de las películas y otras obras audiovisuales de nacionalidad ucraniana. Artículo 43. Plazos de tramitación de procedimientos administrativos en materia de propiedad industrial.
TÍTULO IV. Otras medidas de apoyo a trabajadores y colectivos vulnerables
Artículo 44. Medidas en el ámbito laboral. Artículo 45. Incremento extraordinario en la prestación de ingreso mínimo vital. Artículo 45 bis. Incremento extraordinario de las pensiones de jubilación e invalidez del sistema de Seguridad Social, en su modalidad no contributiva. Artículo 46. Limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda. Artículo 47. Acreditación de la condición de víctima de trata de seres humanos o explotación sexual. Artículo 48. Asimilación de las personas solicitantes de nacionalidad española de origen ucraniano a las personas apátridas y refugiadas. Artículo 49. Procedimiento especial para la protección temporal de personas menores de edad que se encuentren afectados por una crisis humanitaria. Artículo 50. Subvenciones destinadas a la prevención, detección, atención y protección de víctimas de violencia contra las mujeres y de víctimas de trata de seres humanos y explotación sexual en el marco de la crisis humanitaria. Artículo 51. Suplemento de crédito en el presupuesto del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones destinado a financiar la atención de refugiados de Ucrania.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Actualización de los cargos del sistema eléctrico. D.A. 2ª. Revisión de los parámetros retributivos aplicables a las instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos. D.A. 3ª. Flexibilización de contratos de suministro de gas natural. D.A. 4ª. Obligación de los distribuidores de incluir en sus planes de inversión anuales actuaciones que incrementen la capacidad para acceso de nueva generación renovable y autoconsumo. D.A. 5ª. Descuentos del bono social de electricidad hasta el 31 de diciembre de 2022. D.A. 6ª. Prórroga de la disposición adicional séptima del Real Decreto-ley 17/2021, de 14 de septiembre, de medidas urgentes para mitigar el impacto de la escalada de precios del gas natural en los mercados minoristas de gas y electricidad. D.A. 7ª. Medidas en materia de subvenciones y ayudas públicas aplicables a programas de ayudas establecidos en el ámbito de las energías renovables y cofinanciados con fondos FEDER correspondientes al período de programación 2014-2020. D.A. 8ª. Información sobre el nuevo bono social y plazo de solicitud. D.A. 9ª. Adaptación normativa de las disposiciones relativas a la retribución de las actividades reguladas. D.A. 10ª. Remisión de información por parte de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia para la determinación de las cuantías a financiar en concepto de bono social y coste de suministro de los consumidores a que hace referencia los párrafos j) y k) del artículo 52.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre. D.A. 11ª. Autorización del Consejo de Ministros de distribución de créditos. D.A. 12ª. Ayudas de Estado. D.A. 13ª. Compatibilidad de ayudas. D.A. 14ª. Suplemento de crédito en el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo destinado a financiar el programa de compensación costes indirectos vinculado al régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero. D.A. 15ª. Suplemento de crédito en el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico destinado a financiar bono social térmico. D.A. 16ª. Concesión de un crédito extraordinario destinado al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. D.A. 17ª. Suplemento de crédito destinado al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. D.A. 18ª. No aplicación del artículo 52 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. D.A. 19ª. Servicio de Atención Telefónica a Víctimas de Discriminación Racial o Étnica. D.A. 20ª. Medidas excepcionales y temporales de etiquetado en el marco del Reglamento (UE) 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.º 1924/2006 y (CE) n.º 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se derogan la Directiva 87/250/CEE de la Comisión, la Directiva 90/496/CEE del Consejo, la Directiva 1999/10/CE de la Comisión, la Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 2002/67/CE, y 2008/5/CE de la Comisión, y el Reglamento (CE) n.º 608/2004 de la Comisión.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Evaluación de la capacidad de la red de transporte y suspensión de permisos de acceso. D.T. 2ª. Uso de los almacenamientos subterráneos básicos del 1 de abril de 2022 al 31 de marzo de 2023. D.T. 3ª. Aplicación de las medidas de agilización de los procedimientos en trámite relativos a proyectos de energías renovables. D.T. 4ª. Consumidores acogidos al bono social a la entrada en vigor de este real decreto-ley. D.T. 5ª. Acreditación de beneficiarios del ingreso mínimo vital. D.T. 6ª. Valores a aplicar para la financiación del bono social y coste de suministro de los consumidores a que hace referencia los párrafos j) y k) del artículo 52.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre. D.T. 7ª. Régimen de obligaciones aplicable a las prestaciones de ingreso mínimo vital causadas desde el 1 de junio de 2020. D.T. 8ª. Aplicación de la incorporación del apartado 3 al artículo 62 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 25/1964, de 29 de abril, sobre energía nuclear. D.F. 2ª. Modificación del Real Decreto 104/1988, de 29 de enero, sobre homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación no universitaria. D.F. 3ª. Modificación de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista. D.F. 4ª. Modificación de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos. D.F. 5ª. Modificación del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. D.F. 6ª. Modificación del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio. D.F. 7ª. Modificación del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural. D.F. 8ª. Modificación de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. D.F. 9ª. Modificación del Real Decreto 1716/2004, de 23 de julio, por el que se regula la obligación de mantenimiento de existencias mínimas de seguridad, la diversificación de abastecimiento de gas natural y la corporación de reservas estratégicas de productos petrolíferos. D.F. 10ª. Modificación de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio. D.F. 11ª. Modificación de la Orden ITC/3862/2007, de 28 de diciembre, por la que se establece el mecanismo de asignación de la capacidad de los almacenamientos subterráneos de gas natural y se crea un mercado de capacidad. D.F. 12ª. Modificación de la Orden ITC/1660/2009, de 22 de junio, por la que se establece la metodología de cálculo de la tarifa de último recurso de gas natural. D.F. 13ª. Modificación del Real Decreto 104/2010, de 5 de febrero, por el que se regula la puesta en marcha del suministro de último recurso en el sector del gas natural. D.F. 14ª. Modificación de la Ley 11/2010, de 28 de junio, de reforma del sistema de apoyo financiero a la internacionalización de la empresa española. D.F. 15ª. Modificación de la Orden HAP/290/2013, de 19 de febrero, por la que se establece el procedimiento para la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por consumo de gasóleo profesional. D.F. 16ª. Modificación de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. D.F. 17ª. Modificación de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico. D.F. 18ª. Modificación del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos. D.F. 19ª. Modificación del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural. D.F. 20ª. Modificación del Real Decreto 198/2015, de 23 de marzo, por el que desarrolla el artículo 112 bis del texto refundido de la Ley de Aguas y se regula el canon de utilización de las aguas continentales para la producción de energía eléctrica en las demarcaciones intercomunitarias. D.F. 21ª. Modificación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. D.F. 22ª. Modificación de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. D.F. 23ª. Modificación del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica. D.F. 24ª. Modificación de la Orden ETU/943/2017, de 6 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica. D.F. 25ª. Modificación del Real Decreto-ley 12/2018, de 7 de septiembre, de seguridad de las redes y sistemas de información. D.F. 26ª. Modificación del Real Decreto 164/2019, de 22 de marzo, por el que se establece un régimen gratuito de cuentas de pago básicas en beneficio de personas en situación de vulnerabilidad o con riesgo de exclusión financiera. D.F. 27ª. Modificación del Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-2019. D.F. 28ª. Modificación del Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo, por el que se adoptan medidas complementarias en materia agraria, científica, económica, de empleo y Seguridad Social y tributarias para paliar los efectos del COVID-19. D.F. 29ª. Modificación del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo. D.F. 30ª. Modificación del Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica. D.F. 31ª. Modificación del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. D.F. 32ª. Modificación del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19. D.F. 33ª. Modificación de la Ley 1/2021, de 24 de marzo, de medidas urgentes en materia de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género. D.F. 34ª. Modificación del Real Decreto-ley 17/2021, de 14 de septiembre, de medidas urgentes para mitigar el impacto de la escalada de precios del gas natural en los mercados minoristas de gas y electricidad. D.F. 35ª. Modificación de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital. D.F. 36ª. Modificación del Real Decreto-ley 29/2021, de 21 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito energético para el fomento de la movilidad eléctrica, el autoconsumo y el despliegue de energías renovables. D.F. 37ª. Modificación del Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, de medidas para la mejora de la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera y del funcionamiento de la cadena logística, y por el que se transpone la Directiva (UE) 2020/1057, de 15 de julio de 2020, por la que se fijan normas específicas con respecto a la Directiva 96/71/CE y la Directiva 2014/67/UE para el desplazamiento de los conductores en el sector del transporte por carretera, y de medidas excepcionales en materia de revisión de precios en los contratos públicos de obras. D.F. 38ª. Modificación del Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo al sector agrario por causa de la sequía. D.F. 39ª. Salvaguarda de rango de disposiciones reglamentarias. D.F. 40ª. Títulos competenciales. D.F. 41ª. Desarrollo reglamentario y habilitación normativa. D.F. 42ª. Incorporación de derecho de la Unión Europea. D.F. 43ª. Entrada en vigor. ANEXO. Modelo de comunicación a remitir por las comercializadoras de referencia a los consumidores, junto con la factura, durante los tres meses siguientes a la entrada en vigor de este real decreto-ley