Dt 6 Medidas urgentes en respuesta a las consecuencias de la guerra en Ucrania
D.T. 6ª. Valores a aplicar para la financiación del bono social y coste de suministro de los consumidores a que hace referencia los párrafos j) y k) del artículo 52.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
Hasta que resulte de aplicación la orden de financiación del bono social y de los suministros de los consumidores a que hace referencia los párrafos j) y k) del artículo 52.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre correspondiente al año 2022, elaborada a partir de la información remitida por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional décima, los valores unitarios a aplicar serán los siguientes:
a) El valor unitario correspondiente a los sujetos obligados que desarrollen la actividad de producción será de 1,030790 €/MWh.
b) El valor unitario correspondiente a los sujetos obligados titulares de activos de transporte será de 0,004128 €/€ retribuido.
c) El valor unitario correspondiente a los sujetos obligados que desarrollan la actividad de distribución será de 0,831378 €/CUPS.
d) El valor unitario correspondiente a los sujetos obligados que desarrollan la actividad de comercialización será de 11,146973 €/cliente. (NOTA: El valor unitario establecido en el presente apartado d) debe entenderse realizado en €/CUPS, según lo previsto en el apdo. 4 del art. 14 bis del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, en la nueva redacción dada por el Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo)
e) El valor unitario correspondiente a los consumidores directos en mercado será de 1,030790 €/MWh adquirido en el mercado de producción.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia procederá a liquidar las cantidades correspondientes según se establece en el Real Decreto 897/2017 de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica.
- Artículo modificado por Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo, por el que se establece con carácter temporal un mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista.
(BOE de 14-05-2022) en vigor desde 15-05-2022