Marginales | Administrativo

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Última revisión: 23-05-2024

El derecho a la libertad y seguridad se encuentra regulado en el art. 17 de la Constitución española. Sobre este derecho debemos destacar los siguientes aspectos:

  • Como tal, puede implicar un procedimiento de extradición para extranjeros o el reconocimiento del derecho de asilo para los apátridas.
  • Los estados de sitio y alarma suponen una importante excepción al poder proceder a la suspensión ...

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Última revisión: 23-05-2024

La Constitución española regula la institución de la Corona en su título II, a este respecto, mostramos el contenido de los diferentes artículos:

  • Art. 56. Se centra en la figura del rey como el jefe de Estado. La figura del rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad alguna. A nivel institucional, todos los actos que sancione deberán ser refrendados por el poder ejecutivo o legislativo. ...

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Última revisión: 23-05-2024

Un auto puede ser apelable a un solo efecto (devolutivo) o en ambos efectos (devolutivo y suspensivo), en el caso del recurso de apelación es admisible en ambos efectos (art. 83 LJCA), es decir, será competente para conocer el recurso de apelación un órgano distinto al que dictó el auto y al tener efecto suspensivo, se suspende el auto en tanto se resuelve el recurso de apelación.

En cuanto ...

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Última revisión: 23-05-2024

El procedimiento para interponer el recurso de apelación se encuentra en el art. 85 de la LJCA y es el siguiente:

  1. Interposición del recurso de apelación ante el juzgado que dictó la sentencia recurrida.
  2. Admitido el recurso por el LAJ, dará traslado a las partes para que en el plazo de 15 días formalicen la oposición.
    • Tanto en el escrito de recurso como de oposición, se puede solicitar la ...

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Última revisión: 23-05-2024

En referencia a la competencia para conocer del recurso de casación:

  • Art. 58 LOPJ dispone que será competente la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo.
  • Art. 52 LFTC dispone que las resoluciones del Tribunal de Cuentas son susceptibles de recurso de casación ante el TS.
  • Art. 86 LJCA dispone que la competencia le corresponde a la sala de lo contencioso-administrativo del ...

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Última revisión: 24-05-2024

El procedimiento económico-administrativo posee las siguientes características:

  • Sobre su legitimación activa. Estarán legitimados para su interposición los obligados tributarios y sujetos infractores; terceros que se vean afectados por el acto tributario; el interventor general de la Administración del Estado y sus delegados. No estarán legitimados los funcionarios y empleados públicos (salvo ...

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Última revisión: 24-05-2024

Los actos que pueden ser objeto de reclamación económico-administrativa se pueden clasificar en:

  • Por razón de su naturaleza: actos que denieguen un derecho o declaren una obligación o deber; así como actos de trámite que decidan directa o indirectamente sobre el fondo del asunto.
  • Por su contenido: en relación a los actos de aplicación de los tributos sobre la gestión, inspección o recaudación.

D...

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Última revisión: 24-05-2024

En relación a las reclamaciones económico-administrativas podemos establecer los siguientes elementos clave:

  • Tiene carácter preceptivo, esto es, la competencia de los tribunales económico-administrativos será irrenunciable e improrrogable.
  • Tiene como objeto la reclamación previa antes de acceder a la vía judicial. Para evitar las dilaciones excesivas en su tramitación, la LGT contempla un proced...

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Última revisión: 24-05-2024

 La exigencia de responsabilidad política tiene cauces específicos, existiendo distintas vías para exigir dicha responsabilidad:

  • Cuestión de confianza (art. 112 CE). El artículo 112 de la CE reconoce al presidente del Gobierno la facultad de presentar una cuestión de confianza, que se entenderá otorgada con la mayoría simple por parte del Congreso. Si el Congreso niega su confianza al ...

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Última revisión: 24-05-2024

El régimen disciplinario de los empleados públicos se regula en el título VII del TREBEP, en concreto en los arts. 93 a 98. Los funcionarios públicos y el personal laboral quedan sujetos al régimen disciplinario establecido en el presente que establece el TREBEP y en las normas que las leyes de Función Pública dicten en desarrollo, y se ejercerá de acuerdo a los principios de:

  • Legalidad y ...

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