Marginales | Administrativo

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Administrativo

Última revisión: 24-05-2024

El art. 96 del TREBEP establece las sanciones que pueden imponérseles a los empleados públicos:

  • Separación del servicio de los funcionarios, que en el caso de los funcionarios interinos comportará la revocación de su nombramiento, y que sólo podrá sancionar la comisión de faltas muy graves.
  • Despido disciplinario del personal laboral, que sólo podrá sancionar la comisión de faltas muy graves y ...

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Última revisión: 24-05-2024

El art. 95 del TREBEP dispone que las faltas disciplinarias pueden ser: 

  • Muy graves.
  • Graves.
  • Leves.

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Última revisión: 24-05-2024

La prescripción de las faltas y sanciones se establece en el art. 97 del TREBEP:

En el caso de las infracciones:

  • Muy graves: 3 años.
  • Graves: 2 años.
  • Leves: 6 meses.

En el caso de las sanciones:

  • Muy graves: 3 años.
  • Graves: 2 años.
  • Leves: 1 año.

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Última revisión: 24-05-2024

La admisión o inadmisión a trámite del recurso será decidida por una sección de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo integrada por el Presidente de la sala y por al menos un Magistrado de cada una de sus restantes secciones. LA resolución que resuelva la admisión o inadmisión tendrá la siguiente forma:

  • En los supuestos en los que ha de apreciarse la existencia de ...

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Última revisión: 24-05-2024

En este tema se analiza la audiencia final de las partes o derecho a la «última palabra» y la sentencia en el procedimiento abreviado contencioso-administrativo.

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Última revisión: 24-05-2024

La administración demanda y los codemandados pueden:

  • Oponerse a que el pleito se resuelva por el procedimiento abreviado «exprés».
  • Contestar la demanda, aceptando, expresa o implícitamente, que el pleito se resuelva por el procedimiento abreviado «exprés».
  • No contestar, lo que implícitamente significa aceptar la tramitación del pleito por el procedimiento abreviado «exprés».

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Última revisión: 24-05-2024

El procedimiento abreviado «exprés» no garantiza la emisión de la sentencia sin realizar la prueba y la vista, incluso con acuerdo entre las partes. El artículo 78.3. de la LJCA permite al juez hacer uso de la facultad que le atribuye el art. 61 de la LJCA, es decir, podrá acordar de oficio el recibimiento a prueba y disponer la práctica de cuantas estime pertinentes para la más acertada ...

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Última revisión: 24-05-2024

La tramitación del procedimiento por esta modalidad «exprés» se solicitará a instancia de parte, en el escrito de demanda, por medio de otrosí, pidiendo que el recurso se falle sin necesidad de recibimiento a prueba ni tampoco de vista.

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Última revisión: 24-05-2024

La práctica de la prueba (art. 78, apartados 12 a 18, de la LJCA) se practicará conforme a lo dispuesto para el juicio ordinario. Estos medios de prueba son:

  • El interrogatorio de parte.
  • La prueba testifical.
  • La prueba pericial.

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Última revisión: 24-05-2024

Las diferentes Administraciones públicas actúan y se relacionan con otras administraciones y entidades u organismos vinculados o dependientes de éstas de acuerdo con los siguientes principios:

  • Lealtad institucional.
  • Adecuación.
  • Colaboración.
  • Cooperación.
  • Coordinación.
  • Eficiencia.
  • Responsabilidad.
  • Garantía e igualdad.
  • Solidaridad interterritorial.

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