Fundaciones
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Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 22 de Agosto de 2024
F. entrada en vigor: 01/01/2003
Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 310
F. Publicación: 27/12/2002
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
II
III
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto de la Ley.
Artículo 2. Concepto.
Artículo 3. Fines y beneficiarios.
Artículo 4. Personalidad jurídica.
Artículo 5. Denominación.
Artículo 6. Domicilio.
Artículo 7. Fundaciones extranjeras.
CAPÍTULO II. Constitución de la fundación
Artículo 8. Capacidad para fundar.
Artículo 9. Modalidades de constitución.
Artículo 10. Escritura de constitución.
Artículo 11. Estatutos.
Artículo 12. Dotación.
Artículo 13. Fundación en proceso deformación.
CAPÍTULO III. Gobierno de la fundación
Artículo 14. Patronato.
Artículo 15. Patronos.
Artículo 16. Delegación yapoderamientos.
Artículo 17. Responsabilidad de los patronos.
Artículo 18. Sustitución, cese y suspensión de patronos.
CAPÍTULO IV. Patrimonio de la fundación
Artículo 19. Composición, administración y disposición del patrimonio.
Artículo 20. Titularidad de bienes y derechos.
Artículo 21. Enajenación y gravamen.
Artículo 22. Herencias y donaciones.
CAPÍTULO V. Funcionamiento y actividad de la fundación
Artículo 23. Principios de actuación.
Artículo 24. Actividades económicas.
Artículo 25. Contabilidad, auditoría y plan de actuación.
Artículo 26. Obtención de ingresos.
Artículo 27. Destino de rentase ingresos.
Artículo 28. Autocontratación.
CAPÍTULO VI. Modificación, fusión y extinción de la fundación
Artículo 29. Modificación de los Estatutos.
Artículo 30. Fusión.
Artículo 31. Causas de extinción.
Artículo 32. Formas de extinción.
Artículo 32 bis. Extinción judicial a instancia del Protectorado.
Artículo 33. Liquidación.
CAPÍTULO VII. El Protectorado
Artículo 34. Protectorado.
Artículo 35. Funciones del Protectorado.
CAPÍTULO VIII. El Registro de Fundaciones de competencia estatal
Artículo 36. El Registro de Fundaciones de competencia estatal.
Artículo 37. Efectos.
CAPÍTULO IX. El Consejo Superior de Fundaciones
Artículo 38. Consejo Superior de Fundaciones.
Artículo 39. Funciones del Consejo Superior de Fundaciones.
Artículo 40. Comisión de cooperación e información registral.
CAPÍTULO X. Autorizaciones, intervención temporal y recursos
Artículo 41. Autorizaciones.
Artículo 42. Intervención temporal.
Artículo 43. Recursos jurisdiccionales.
CAPÍTULO XI. Fundaciones del sector público estatal
Artículo 44. Concepto.
Artículo 45. Creación.
Artículo 46. Régimen jurídico.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Fundaciones del Patrimonio Nacional.
D.A. 2ª. Fundaciones de entidades religiosas.
D.A. 3ª. Fundaciones públicas excluidas.
D.A. 4ª. Fundaciones constituidas al amparo de la Ley 15/1997, de 25 de abril, sobre habilitación de nuevas formas de gestión del Sistema Nacional de Salud.
D.A. 5ª. Obligaciones de los notarios.
D.A. 6ª. Depósito de cuentas y legalización de libros.
D.A. 7ª. Fundaciones vinculadas a los partidos políticos.
D.A. 8ª. Fundaciones bancarias.
D.A. 9ª.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Adaptación de los Estatutos de las fundaciones y modificación de la dotación.
D.T. 2ª. Fundaciones preexistentes del sector público estatal.
D.T. 3ª. Protectorados de fundaciones.
D.T. 4ª. Registros de Fundaciones de competencia estatal.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Aplicación de la Ley.
D.F. 2ª. Modificación del aparta
D.F. 3ª. Adaptación del Plan General de Contabilidad y normas de elaboración del plan de actuación.
D.F. 4ª. Desarrollo reglamentario.
D.F. 5ª. Entrada en vigor.