el que se regulan los puntos de encuentro familiar en Galicia
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Ambito: Galicia
Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Noviembre de 2014
F. entrada en vigor: 01/11/2014
Órgano emisor: CONSELLERIA DE TRABAJO Y BIENESTAR
Boletín: Diario Oficial de Galicia Número 145
F. Publicación: 01/08/2014
Preambulo
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación
Artículo 2. Definición
Artículo 3. Titularidad
Artículo 4. Objetivos
Artículo 5. Principios de actuación
CAPÍTULO II. Derechos y deberes de las personas usuarias
Artículo 6. Personas usuarias
Artículo 7. Derechos de las personas usuarias
Artículo 8. Deberes de las personas usuarias
Artículo 9. Protección de datos personales
CAPÍTULO III. Marco de actuación de los puntos de encuentro familiar financiados con fondos públicos
Artículo 10. Tipos de intervención
Artículo 11. Procedimiento de acceso y derivación
Artículo 12. Fase de intervención
Artículo 13. Suspensión de la intervención
Artículo 14. Finalización de la intervención
Artículo 15. Supervisión técnica y apoyo familiar
CAPÍTULO IV. Requisitos materiales y de funcionamiento
Artículo 16. Requisitos
Artículo 17. Voluntariado y personas en prácticas
Artículo 18. Calendario y horario de apertura
Artículo 19. Normas comunes de funcionamiento
Artículo 20. Elaboración de informes
CAPÍTULO V. Autorizaciones, inspección y régimen sancionador
Artículo 21. Autorizaciones
Artículo 22. Inspección y régimen sancionador
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA. Régimen de finalización de expedientes
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Régimen jurídico de aplicación
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo normativo
D.F. 2ª. Entrada en vigor