Legislación

Expedición del pasaporte provisional y del salvoconducto -Vacatio legis-

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Ambito: BOE

Estado: VACATIO LEGIS.

F. entrada en vigor: 09/12/2025

Órgano emisor: Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 280

F. Publicación: 20/11/2024

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Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

CAPÍTULO I. Pasaporte provisional
Artículo 1. Naturaleza del pasaporte provisional y funciones. Artículo 2. Derecho a la obtención del pasaporte provisional. Artículo 3. Órganos competentes para la gestión y expedición del pasaporte provisional. Artículo 4. Procedimiento de expedición. Artículo 5. Validez del pasaporte provisional. Artículo 6. Características y descripción del pasaporte provisional. Artículo 7. Contenido.
CAPÍTULO II. Salvoconducto
Artículo 8. Definiciones. Artículo 9. Naturaleza del salvoconducto y funciones. Artículo 10. Derecho a la obtención del salvoconducto por parte de las personas de nacionalidad española y procedimiento de expedición. Artículo 11. Expedición de salvoconducto a nacionales de Estados miembros de la Unión Europea y sus familiares. Artículo 12. Expedición de salvoconducto a nacionales de terceros Estados no miembros de la Unión Europea. Artículo 13. Validez del salvoconducto. Artículo 14. Características y descripción de salvoconducto. Artículo 15. Devolución del salvoconducto.
CAPÍTULO III. Tasas consulares y protección de datos
Artículo 16. Tasas consulares. Artículo 17. Protección de datos.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Procedimiento aplicable a solicitudes de documento provisional de viaje de la Unión Europea (DPV UE) por parte de personas con nacionalidad española ante autoridades competentes de otros Estados miembros de la Unión Europea. D.A. 2ª. Producción, supervisión y evaluación de los documentos provisionales de viaje de la Unión Europea (DPV UE).
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única. Validez de los pasaportes provisionales expedidos.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Incorporación de Derecho de la Unión Europea. D.F. 2ª. Título competencial habilitante. D.F. 3ª. Habilitaciones. D.F. 4ª. Entrada en vigor. ANEXO