Incompatibilidades del personal al servicio de las AAPP
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Histórico
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Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 28 de Junio de 2024
F. entrada en vigor: 04/01/1985
Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 4
F. Publicación: 04/01/1985
CAPÍTULO PRIMERO. Principios generales
Artículo primero.
CAPÍTULO II. Ámbito de aplicación
Artículo segundo.
CAPÍTULO III. Actividades públicas
Artículo tercero.
Artículo cuarto.
Artículo quinto.
Artículo sexto.
Artículo séptimo.
Artículo octavo.
Artículo noveno.
Artículo diez.
CAPÍTULO IV. Actividades privadas
Artículo once.
Artículo doce.
Artículo trece.
Artículo catorce.
Artículo quince.
CAPÍTULO V. Disposiciones comunes
Artículo dieciséis.
Artículo diecisiete.
Artículo dieciocho.
Artículo diecinueve.
Artículo veinte.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª.
D.A. 2ª.
D.A. 3ª.
D.A. 4ª.
D.A. 5ª.
D.A. 6ª.
D.A. 7ª.
D.A. 8ª.
D.A. 9ª.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª.
D.T. 2ª.
D.T. 3ª.
D.T. 4ª.
D.T. 5ª.
D.T. 6ª.
D.T. 7ª.
D.T. 8ª.
D.T. 9ª.
D.T. 10ª. Autorizaciones de compatibilidad concedidas a los Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª.
D.F. 2ª.
D.F. 3ª.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única.