Df 1 Incompatibilidades del personal al servicio de las AAPP
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»D.F. 1ª.
Las anteriores normas de esta Ley se considerarán bases del régimen estatutario de la función pública, dictadas al amparo del artículo 149.1, 18, de la Constitución, a excepción de las contenidas en los preceptos siguientes: artículo 17.1, disposición adicional quinta y disposición transitoria séptima.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 04-01-1985 en vigor desde 04-01-1985