Derechos de información y consulta de trabajadores en empresas y grupos de empresas de dimensión comunitaria
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Histórico
Relacionados
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 21 de Mayo de 2011
F. entrada en vigor: 26/04/1997
Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 99
F. Publicación: 25/04/1997
Preambulo
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO PRELIMINAR. Objeto, ámbito de aplicación y definiciones
Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 3. Definiciones.
Artículo 4. Definición de «empresa que ejerce el control».
TÍTULO I. Disposiciones aplicables a las empresas y grupos de empresas de dimensión comunitaria con dirección central en España
Artículo 5. Ámbito de aplicación de las disposiciones del Título I.
CAPÍTULO I. Constitución del comité de empresa europeo o establecimiento de un procedimiento alternativo de información y consulta a los trabajadores
Artículo 6. Responsabilidad del procedimiento de negociación.
Artículo 7. Inicio del procedimiento.
Artículo 8. Constitución de la comisión negociadora.
Artículo 9. Composición de la comisión negociadora.
Artículo 10. Funciones de la comisión negociadora.
Artículo 11. Régimen de funcionamiento de la comisión negociadora.
Artículo 12. Contenido del acuerdo.
Artículo 13. Eficacia jurídica del acuerdo.
Artículo 14. Normas supletorias sobre vigencia, prórroga, denuncia y renegociación del acuerdo.
CAPÍTULO II. Disposiciones subsidiarias para la constitución del comité de empresa europeo
Artículo 15. Aplicación de las disposiciones subsidiarias.
Artículo 16. Constitución del comité de empresa europeo.
Artículo 17. Composición del comité de empresa europeo.
Artículo 18. Competencias del comité de empresa europeo.
Artículo 19. Régimen de funcionamiento del comité de empresa europeo.
CAPÍTULO III. Disposiciones comunes a los capítulos anteriores
Artículo 20. Capacidad de la comisión negociadora y del comité de empresa europeo.
Artículo 21. Protección de los representantes de los trabajadores.
Artículo 22. Confidencialidad de la información.
Artículo 23. Representatividad de la comisión negociadora y del comité de empresa europeo.
TÍTULO II. Disposiciones aplicables a los centros de trabajo y empresas situados en España de las empresas y grupos de empresas de dimensión comunitaria
Artículo 24. Ámbito de aplicación de las disposiciones del Título II.
Artículo 25. Forma de cálculo del número de trabajadores.
Artículo 26. Identificación de los representantes nacionales de los trabajadores.
Artículo 27. Designación de los representantes de los trabajadores en la comisión negociadora y en el comité de empresa europeo.
Artículo 28. Protección de los representantes de los trabajadores.
Artículo 29. Cometido de los representantes de los trabajadores.
Artículo 30. Eficacia jurídica en España de las disposiciones de otros Estados miembros.
Artículo 31. Relación con otras disposiciones comunitarias y nacionales.
Artículo 32. Adaptación.
TÍTULO III. Tutela de los derechos de información y consulta de los trabajadores en las empresas y grupos de empresas de dimensión comunitaria
CAPÍTULO I. Infracciones y sanciones
Artículo 30. Concepto.
Artículo 31. Sujetos responsables de la infracción.
Artículo 32. Infracciones graves.
Artículo 33. Infracciones muy graves.
Artículo 34. Sanciones.
CAPÍTULO II. Procedimientos judiciales
Artículo 35. Ejercicio de la potestad jurisdiccional.
Artículo 36. Competencia.
Artículo 37. Legitimación procesal.
Artículo 38. Modalidades procesales.
Artículo 39. Sentencia.
Artículo 40. Derecho supletorio.
Artículo 41. Procedimientos de solución extrajudicial de los conflictos.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Mantenimiento de acuerdos en vigor.
D.A. 2ª. No afectación de legislaciones y prácticas nacionales.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Disposiciones de aplicación y desarrollo.
D.F. 2ª. Entrada en vigor.