Marginales | Administrativo

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Administrativo

Última revisión: 08-05-2024

En este tema se muestra un esquema que contiene todo el desarrollo de la fase de alegaciones previas en el procedimiento contencioso-administrativo, tomando como base lo establecido en los arts. 58 y 59 de la LJCA.


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Última revisión: 07-05-2024

A continuación se analiza jurisprudencialmente la necesidad de pericial informática cuando se impugna la prueba digital.

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Última revisión: 09-05-2024

Del escrito formulando alegaciones previas el LAJ dará traslado por 5 días al actor, el cual podrá subsanar el defecto, si procediera, en el plazo de 10 días, una vez evacuado el traslado, se seguirá la tramitación prevista para los incidentes.

En cuanto al sentido del auto resolutorio este puede ser estimatorio o desestimatorio.

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Última revisión: 08-05-2024

En el supuesto de que las partes estimasen que el expediente administrativo está incompleto (art. 55 LJCA), dentro del plazo para formular la demanda o la contestación, podrán solicitar que se reclamen los antecedentes para completarlo. A la hora de remitir el nuevo expediente, la Administración deberá indicar en el índice los documento que ha agregado.


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Última revisión: 08-05-2024

Tanto en los escritos de demanda como en los de contestación deben consignarse debidamente separados los hechos, los fundamentos de derecho y las pretensiones que se deduzcan, en justificación de las cuales podrán alegarse cuantos motivos procedan, hayan sido o no planteados ante la Administración. Examinada por el LAJ, si se adolecen faltas, requerirá que se subsanen en un plazo máximo de ...

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Última revisión: 08-05-2024

El juez dictará sentencia sin necesidad de vista cuando:

  • El actor pida por otrosí en la demanda que el recurso se falle sin recibimiento a prueba ni vista o conclusiones y la parte demandada no se oponga.
  • Si en los escritos de demanda y contestación no se solicita el recibimiento a prueba ni los trámites de vista o conclusiones, salvo que el Juez o Tribunal, excepcionalmente, atendida la ...

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Última revisión: 15-05-2024

El derecho de reunión en la Constitución española encuentra su regulación en el art. 21. Sobre el mismo podemos destacar lo siguiente:

  • Contiene su plasmación normativa en la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión.
  • La precitada ley orgánica no incluye las reuniones que puedan celebrar particulares en sus domicilios, locales públicos o privados entre otros ...

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Última revisión: 13-05-2024

El derecho de igualdad se reconoce en el artículo 14 de la Constitución y plasma una igualdad «ante la ley» y la no discriminación por nacimiento, sexo, religión, raza, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Es necesario matizar que este principio de igualdad es el que abre o introduce todo el repertorio de derechos fundamentales, deberes y libertades públicas.


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Última revisión: 10-05-2024

La «nacionalidad española» (en un sentido general) la mayoría de edad, así como los derechos de los extranjeros se regulan en los arts. 11, 12 y 13 respectivamente.

- Sobre la nacionalidad. El artículo se refiere a la forma en la que la misma se puede adquirir o perder (para aquellos españoles que no lo sean de origen) así como la capacidad del Estado para poder suscribir tratados de doble ...

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Última revisión: 10-05-2024

La Constitución española está compuesta por 169 artículos y 15 disposiciones (cuatro adicionales, nueve transitorias, una derogatoria y una final).

Y junto a esta composición, tiene dos partes diferenciadas: una dogmática, que incluye, entro otros elementos, la regulación de los derechos fundamentales y las libertades públicas; y una orgánica, centrada la organización territorial del Estado ...

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