Medidas urgentes para reforma del sistema de protección por desempleo y mejora de la ocupabilidad
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Histórico
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Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 23 de Mayo de 2024
F. entrada en vigor: 14/12/2002
Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 298
F. Publicación: 13/12/2002
Preambulo
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
CAPÍTULO I. Modificaciones que se introducen en el sistema de protección por desempleo
Artículo primero. Modificación de la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio.
CAPÍTULO II. Modificaciones que se introducen en la Ley del Estatuto de los Trabajadores
Artículo segundo. Modificación de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo.
CAPÍTULO III. Protección por desempleo de los trabajadores eventuales agrarios
Artículo tercero. Acceso al subsidio por desempleo establecido en el Real Decreto 5/1997, de 10 de enero.
Artículo cuarto. Prestación por desempleo de nivel contributivo para los trabajadores eventuales del Régimen especial Agrario de la Seguridad Social.
CAPÍTULO IV. Infracciones y sanciones
Artículo quinto. Modificación de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, texto refundido aprobado por Real Decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
CAPÍTULO V. Modificaciones que se introducen en la Ley de Procedimiento Laboral
Artículo sexto. Modificación de la Ley de Procedimiento Laboral, texto refundido aprobado por Real Decreto legislativo 2/1995, de 7 de abril.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Programa de renta activa de inserción.
D.A. 2ª. Colaboración de la Administración tributaria.
D.A. 3ª. Subvenciones del Programa de fomento del empleo y las campañas agrícolas.
D.A. 4ª. Protección por desempleo de trabajadores fijos de carácter discontinuo.
D.A. 5ª. Contratación estable por trabajadores autónomos.
D.A. 6ª. Protección por desempleo de los socios trabajadores y de trabajo de las cooperativas.
D.A. 7ª. Régimen aplicable, a efectos de la Seguridad Social, a las vacaciones retribuidas y no disfrutadas.
D.A. 8ª. Actualización del programa de fomento del empleo.
D.A. 9ª. Bonificación de cuotas a la Seguridad Social para contratos de interinidad con los que se sustituyan bajas por incapacidad temporal de díscapacítados.
D.A. 10ª. Formación teórica de díscapacítados psíquicos contratados para la formación.
D.A. 11ª. Reducciones y bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social para las personas con discapacidad que se establezcan como trabajadores por cuenta propia.
D.A. 12ª. Modificación de la Ley 40/1998, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Extinciones de contratos.
D.T. 2ª. Acreditación de determinadas situaciones legales de desempleo.
D.T. 3ª. Indemnizaciones derivadas de expedientes de regulación de empleo.
D.T. 4ª. Programa de fomento de empleo en economía social y empleo autónomo.
D.T. 5ª. Compatibilidad del subsidio por desempleo con el trabajo por cuenta ajena.
D.T. 6ª. Programa de sustitución de trabajadores en formación por trabajadores beneficiarios de prestaciones por desempleo.
D.T. 7ª. Programa de fomento de la movilidad geográfica.
D.T. 8ª. Suscripción del compromiso de actividad en la prórroga de la duración del subsidio por desempleo.
D.T. 9ª. Reiteración de contratos temporales.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo, entrada en vigor y aplicación de la Ley.
D.F. 2ª. Referencias a los Servicios Públicos de Empleo competentes.