Instrumento de ratificación del Convenio del Consejo de Europa sobre la falsificación de productos médicos y delitos similares que supongan una amenaza para la salud pública, hecho en Moscú el 28 de octubre de 2011. - Boletín Oficial del Estado de 30-11-2015
Índice
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 30 de Noviembre de 2015
F. entrada en vigor: 30/11/2015
Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 286
F. Publicación: 30/11/2015
Preambulo
CONVENIO DEL CONSEJO DE EUROPA SOBRE LA FALSIFICACIÓN DE PRODUCTOS MÉDICOS Y DELITOS SIMILARES QUE SUPONGAN UNA AMENAZA PARA LA SALUD PÚBLICA
PREÁMBULO
CAPÍTULO I. Objeto y finalidad, principio de no discriminación, ámbito de aplicación, definiciones
Artículo 1. Objeto y finalidad
Artículo 2. Principio de no discriminación
Artículo 3. Ámbito de aplicación
Artículo 4. Definiciones
CAPÍTULO II. Derecho penal material
Artículo 5. Fabricación de falsificaciones
Artículo 6. Suministro, oferta de suministro y tráfico de falsificaciones
Artículo 7. Falsificación de documentos
Artículo 8. Delitos similares que supongan una amenaza para la salud pública
Artículo 9. Complicidad y tentativa
Artículo 10. Competencia
Artículo 11. Responsabilidad de las personas jurídicas
Artículo 12. Sanciones y medidas
Artículo 13. Circunstancias agravantes
Artículo 14. Condenas anteriores
CAPÍTULO III. Investigación, procedimiento y Derecho procesal
Artículo 15. Iniciación y tramitación del procedimiento
Artículo 16. Investigación penal
CAPÍTULO IV. Cooperación e intercambio de información entre autoridades
Artículo 17. Medidas nacionales de cooperación e intercambio de información
CAPÍTULO V. Medidas preventivas
Artículo 18. Medidas preventivas
CAPÍTULO VI. Medidas de protección
Artículo 19. Protección de las víctimas
Artículo 20. Situación de las víctimas durante la investigación y el procedimiento penal
CAPÍTULO VII. Cooperación internacional
Artículo 21. Cooperación internacional en materia penal
Artículo 22. Cooperación internacional en materia de prevención y de otras medidas administrativas
CAPÍTULO VIII. Mecanismo de seguimiento
Artículo 23. Comité de las Partes
Artículo 24. Otros representantes
Artículo 25. Funciones del Comité de las Partes
CAPÍTULO IX. Relaciones con otros instrumentos internacionales
Artículo 26. Relaciones con otros instrumentos internacionales
CAPÍTULO X. Enmiendas al Convenio
Artículo 27. Enmiendas
CAPÍTULO XI. Cláusulas finales
Artículo 28. Firma y entrada en vigor
Artículo 29. Aplicación territorial
Artículo 30. Reservas
Artículo 31. Solución amistosa
Artículo 32. Denuncia
Artículo 33. Notificación
ESTADOS PARTE
DECLARACIÓN
RESERVAS