Reglamento de situaciones administrativas de funcionarios civiles de la AGE
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Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 05 de Marzo de 2006
F. entrada en vigor: 10/04/1995
Órgano emisor: MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 85
F. Publicación: 10/04/1995
Preambulo
Artículo Único. Aprobación del Reglamento.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA. Derogación de normas.
DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA. Entrada en vigor.
Reglamento de situaciones administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
CAPÍTULO I.DISPOSICIONES GENERALES.
Artículo 1. Ámbito de aplicación.
Artículo 2. Situaciones administrativas.
CAPÍTULO II.SERVICIO ACTIVO.
Artículo 3. Servicio activo.
CAPÍTULO III.SERVICIOS ESPECIALES.
Artículo 4. Servicios especiales.
Artículo 5. Cargo de carácter político.
Artículo 6. Declaración de la situación de servicios especiales.
Artículo 7. Reserva de puestos de trabajo.
Artículo 8. Efectos de la situación de servicios especiales.
Artículo 9. Solicitud de reingreso al servicio activo.
CAPÍTULO IV.SERVICIO EN COMUNIDADES AUTÓNOMAS.
Artículo 10. Funcionarios transferidos.
Artículo 11. Funcionarios destinados a Comunidades Autónomas por otros procedimientos.
CAPÍTULO V.EXPECTATIVA DE DESTINO.
Artículo 12. Expectativa de destino
CAPÍTULO VI.EXCEDENCIA FORZOSA.
Artículo 13. Excedencia forzosa
CAPÍTULO VII.EXCEDENCIA PARA EL CUIDADO DE HIJOS.
Artículo 14. Excedencia para el cuidado de hijos.
CAPÍTULO VIII.EXCEDENCIA VOLUNTARIA.
Artículo 15. Excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público.
Artículo 16. Excedencia voluntaria por interés particular.
Artículo 17. Excedencia voluntaria por agrupación familiar.
Artículo 18. Excedencia voluntaria incentivada.
Artículo 19. Efectos de la excedencia voluntaria.
CAPÍTULO IX.SUSPENSIÓN DE FUNCIONES.
Artículo 20. Suspensión de funciones.
Artículo 21. Suspensión provisional.
Artículo 22. Suspensión firme.
CAPÍTULO X.CAMBIO DE SITUACIONES ADMINISTRATIVAS.
Artículo 23. Requisitos y efectos.
DISPOSICIONES ADICIONALES
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Funcionarios de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones Locales con destino en la Administración General del Estado.
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Funcionarios de la Administración General del Estado destinados en Corporaciones Locales.
DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Personal destinado en Órganos Constitucionales.
DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Funcionarios docentes universitarios y personal funcionario propio de las Universidades.
DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. Cesación progresiva de actividades.
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA. Procedimientos en materia de gestión de personal.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA. Excedencia voluntaria de la disposición transitoria octava de la Ley 30/1984.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA. Cómputo de plazos de la excedencia voluntaria por interés particular.