Régimen jurídico y el procedimiento general para establecer coeficientes reductores y anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social
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Histórico
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Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 22 de Octubre de 2012
F. entrada en vigor: 24/11/2011
Órgano emisor: MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACION
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 282
F. Publicación: 23/11/2011
Preambulo
CAPÍTULO I. Ámbito de aplicación
Artículo 1. Ámbito subjetivo de aplicación.
CAPÍTULO II. Disposiciones comunes
Artículo 2. Supuestos en los que procede el establecimiento de los coeficientes reductores o la anticipación de la edad de acceso a la jubilación.
Artículo 3. Reducción de la edad de jubilación.
Artículo 4. Cómputo del tiempo trabajado.
Artículo 5. Consideración como cotizado del tiempo de reducción.
Artículo 6. Efectos del coeficiente reductor y de la anticipación de la edad.
Artículo 7. Acceso a la jubilación anticipada.
Artículo 8. Cotización adicional.
Artículo 9. Modificación de los coeficientes reductores o de la edad mínima de acceso.
CAPÍTULO III. Procedimiento general
Artículo 10. Iniciación del procedimiento.
Artículo 11. Procedimiento previo.
Artículo 12. Terminación del procedimiento.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Modificación de los coeficientes reductores, o de la edad mínima, de los colectivos no incluidos en el real decreto.
D.A. 2ª. Aprobaciones previas.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Título competencial.
D.F. 2ª. Modificación del Real Decreto 383/2008, de 14 de marzo, por el que se establece el coeficiente reductor de la edad de jubilación en favor de los bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicos.
D.F. 3ª. Facultades de aplicación y desarrollo.
D.F. 4ª. Entrada en vigor.