Legislación

Ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado

Tiempo de lectura: 7 min

Tiempo de lectura: 7 min

Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 20 de Abril de 2015

F. entrada en vigor: 20/04/2015

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 77

F. Publicación: 31/03/2015

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
TÍTULO I. Nombramiento y ejercicio del alto cargo
Artículo 2. Nombramiento. Artículo 3. Ejercicio del alto cargo. Artículo 4. Régimen retributivo. Artículo 5. Protección social. Artículo 6. Compensación tras el cese. Artículo 7. Incompatibilidad de retribuciones. Artículo 8. Recursos humanos y materiales. Artículo 9. Diligencia debida respecto de las actuaciones de los altos cargos. Artículo 10. Obligación de formación.
TÍTULO II. Régimen de conflictos de intereses y de incompatibilidades
Artículo 11. Definición de conflicto de intereses. Artículo 12. Sistema de alerta para la detección temprana de conflictos de intereses. Artículo 13. Dedicación exclusiva al cargo. Artículo 14. Limitaciones patrimoniales en participaciones societarias. Artículo 15. Limitaciones al ejercicio de actividades privadas con posterioridad al cese. Artículo 16. Declaración de actividades. Artículo 17. Declaración de bienes y derechos. Artículo 18. Control y gestión de valores y activos financieros.
TÍTULO III. Órganos de vigilancia y control de los altos cargos de la Administración General del Estado
Artículo 19. Oficina de Conflictos de Intereses. Artículo 20. Colaboración con la Oficina de Conflictos de Intereses en materia de incompatibilidades. Artículo 21. Registros. Artículo 22. Información proporcionada por la Oficina de Conflictos de Intereses. Artículo 23. Examen de la situación patrimonial de los altos cargos al finalizar su mandato. Artículo 24. Elaboración del informe de comprobación de la situación patrimonial.
TÍTULO IV. Régimen sancionador
Artículo 25. Infracciones. Artículo 26. Sanciones. Artículo 27. Órganos competentes. Artículo 28. Prescripción de infracciones y sanciones.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Régimen jurídico de otros altos cargos del sector público estatal. D.A. 2ª. Referencias normativas. D.A. 3ª. Comparecencia ante el Congreso de los Diputados. D.A. 4ª.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación normativa. D.F. 2ª. Entrada en vigor.