Da 3 Ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado
D.A. 3ª. Comparecencia ante el Congreso de los Diputados.
1. Con carácter previo a su nombramiento, el Gobierno pondrá en conocimiento del Congreso de los Diputados, a fin de que pueda disponer su comparecencia ante la Comisión correspondiente de la Cámara, el nombre de los candidatos para los siguientes cargos:
a) Presidente del Consejo de Estado.
b) Máximos responsables en los organismos reguladores o de supervisión incluidos en el artículo 1. 2.e).
c) Presidente del Consejo Económico y Social.
d) Presidente de la Agencia EFE.
e) Director de la Agencia Española de Protección de Datos.
2. La Comisión parlamentaria del Congreso de los Diputados examinará, en su caso, a los candidatos propuestos. Sus miembros formularán las preguntas o solicitarán las aclaraciones que crean convenientes. La Comisión parlamentaria emitirá un dictamen en el que se pronunciará sobre si se aprecia su idoneidad o la existencia de conflicto de intereses.
3. La comparecencia de los miembros de la Corporación de Radiotelevisión Española se producirá de acuerdo con lo dispuesto en su normativa específica.