el que se crea el Registro de Uniones de Hecho en Castilla y Leon y se regula su funcionamiento
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Ambito: Castilla y León
Estado: VIGENTE. Validez desde 30 de Diciembre de 2002
F. entrada en vigor: 30/12/2002
Órgano emisor: CONSEJERIA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL
Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León Número 212
F. Publicación: 31/10/2002
Preambulo
Artículo 1. - Objeto y Ámbito de Aplicación.
Artículo 2.- Ámbito de Aplicación.
Artículo 3.- Requisitos.
Artículo 4. - Declaraciones y actos inscribibles.
Artículo 5. - Efectos.
Artículo 6.- Publicidad.
Artículo 7.- Otros Registros.
Artículo 8.- Órgano Competente.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª.
D.F. 2ª.