Delito de usurpación

Delito de usurpación

Fecha última revisión:


Concepto:

El delito de usurpación es un delito contra el patrimonio que implica que el sujeto activo, mediante violencia o intimidación, se apodere de una propiedad o un derecho real asociado a la misma. Existe, además, un tipo atenuado cuando la usurpación como tal tenga lugar en una vivienda que no constituya morada, que es el caso más típico del fenómeno conocido como «okupación».


Art. Relacionados:
Código penal

1. Al que con violencia o intimidación en las personas ocupare una cosa inmueble o usurpare un derecho real inmobiliario de pertenencia ajena, se le impondrá, además de las penas en que incurriere por las violencias ejercidas, la pena de prisión de uno a dos años, que se fijará teniendo en cuenta la utilidad obtenida y el daño causado.

2. El que ocupare, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular, será castigado con la pena de multa de tres a seis meses.


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