Legislación

Reforma del marco normativo de la prevencion de riesgos laborales

Tiempo de lectura: 6 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 14 de Diciembre de 2003

F. entrada en vigor: 14/12/2003

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 298

F. Publicación: 13/12/2003

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I II III IV V VI VII
CAPÍTULO I. Modificaciones que se introducen en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales
Artículo primero. Colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Los artículos de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales que se relacionan a continuación quedan modificados en los siguientes términos: Artículo segundo. Integración de la prevención de riesgos laborales en la empresa. Artículo tercero. Coordinación de actividades empresariales. Artículo cuarto. Organización de recursos para las actividades preventivas. Artículo quinto. Competencias del Comité de Seguridad y Salud. Artículo sexto. Reforzamiento de la vigilancia y del control del cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales. Artículo séptimo. Coordinación de actividades empresariales en las obras de construcción. Artículo octavo. Habilitación de funcionarios públicos.
CAPÍTULO II. Modificaciones que se introducen en la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto
Artículo noveno. Sujetos responsables y concepto de infracción. Artículo décimo. Infracciones graves en materia de prevención de riesgos laborales. Artículo undécimo. Infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales. Artículo duodécimo. Infracciones de las empresas usuarias. Artículo decimotercero. Criterios de graduación de las sanciones. Artículo decimocuarto. Responsabilidad empresarial. Artículo decimoquinto. Infracciones por obstrucción. Artículo decimosexto. Artículo decimoséptimo. Contenido de las actas.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA. Fundamento constitucional.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Documentación del plan de prevención de riesgos laborales.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA. Entrada en vigor.