Da única Reforma del marco normativo de la prevencion de riesgos laborales
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.A. UNICA. Fundamento constitucional.
La calificación competencial contenida en la disposición adicional tercera de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, no queda alterada por las modificaciones que de la misma se llevan a cabo mediante esta ley, a excepción de la correspondiente a la relación de artículos del apartado 2, a) , de dicha disposición a los que deben añadirse los artículos 24, apartado 6, y 32 bis.