Metrología
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Histórico
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Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 24 de Diciembre de 2014
F. entrada en vigor: 24/12/2014
Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 309
F. Publicación: 23/12/2014
Preambulo
PREÁMBULO
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.
CAPÍTULO II. Sistema legal de unidades de medida
Artículo 2. Sistema y unidades legales de medida.
Artículo 3. Nombres, símbolos y otras reglas relativas a la expresión de las unidades de medida.
Artículo 4. Patrones nacionales y diseminación de las unidades de medida.
Artículo 5. Materiales de referencia.
Artículo 6. Utilización del Sistema Legal de Unidades de Medida.
CAPÍTULO III. Control metrológico del Estado
Artículo 7. Control metrológico del Estado.
Artículo 8. Elementos sometidos al control metrológico del Estado.
Artículo 9. Fases del control metrológico del Estado.
Artículo 10. Vigilancia e inspección.
Artículo 11. Declaración responsable de los reparadores de instrumentos sometidos al control metrológico.
Artículo 12. Reparación o modificación de instrumentos sometidos al control metrológico del Estado.
Artículo 13. Productos preenvasados.
CAPÍTULO IV. Protección del patrimonio histórico
Artículo 14. Exportación de determinados objetos metrológicos.
CAPÍTULO V. Organización
Artículo 15. Competencias.
Artículo 16. El Consejo Superior de Metrología.
Artículo 17. El Centro Español de Metrología.
Artículo 18. Registro de Control Metrológico.
Artículo 19. Organismos designados.
CAPÍTULO VI. Régimen de infracciones y sanciones
Artículo 20. Responsables.
Artículo 21. Infracciones.
Artículo 22. Clasificación de las infracciones.
Artículo 23. Sanciones.
Artículo 24. Prescripción de infracciones y sanciones.
Artículo 25. Competencia para resolver.
Artículo 26. Procedimiento.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Adaptación a lo dispuesto en el artículo 19.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo normativo.
D.F. 2ª. Autorización para la actualización de sanciones.
D.F. 3ª. Modificación de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.
D.F. 4ª. Modificación de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
D.F. 5ª. Título competencial.
D.F. 6ª. Entrada en vigor.