Colegios profesionales
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Histórico
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Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 22 de Agosto de 2024
F. entrada en vigor: 07/03/1974
Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 40
F. Publicación: 15/02/1974
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
Artículo 1.
Artículo 2.
Artículo 3. Colegiación.
Artículo 4.
Artículo 5.
Artículo 6.
Artículo 7.
Artículo 8.
Artículo 9.
Artículo 10. Ventanilla única.
Artículo 11. Memoria Anual.
Artículo 12. Servicio de atención a los colegiados y a los consumidores o usuarios.
Artículo 13. Visado.
Artículo 14. Prohibición de recomendaciones sobre honorarios.
Artículo 15. Igualdad de trato y no discriminación.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª.
D.A. 2ª.
D.A. 3ª. La organización colegial.
D.A. 4ª. Valoración de los Colegios para la tasación de costas.
D.A. 5ª. Facultad de control documental de las Administraciones Públicas.
D.A. 6ª. Sesiones telemáticas.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª.
D.T. 2ª.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. Única.