Marginales | Protección de datos
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El Reglamento General de Protección de Datos se ha adaptado a nuestro ordenamiento a través de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la cual, en su art. 1 a), establece que su objeto es adaptar el ordenamiento jurídico español al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 27 de abril de 2016, ...
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La LOPDGDD se aplica a cualquier tratamiento total o parcialmente automatizado de datos personales, así como al tratamiento no automatizado de datos contenidos o destinados a ser incluidos en un fichero. Sin embargo, no se aplicará a los tratamientos excluidos del ámbito de aplicación del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), ni a los tratamientos de personas fallecidas o ...
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El RGPD se aplica al tratamiento total o parcialmente automatizado de datos personales y al tratamiento no automatizado de datos personales contenidos o destinados a ser incluidos en un fichero, excluyendo ciertos tratamientos como el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas, actividades del capítulo 2 del título V del Tratado de la Unión Europea y el tratamiento de ...
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El objeto de la LOPDGDD consiste, principalmente, en adaptar el ordenamiento jurídico español a la propia normativa del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos.
Mientras que el objeto del RGPD es la prote...
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En este tema examinamos los conceptos clave de la protección de datos personales como: datos personales, tratamiento, limitación, elaboración de perfiles, seudonimización, fichero, responsable, encargado, destinatario, tercero, consentimiento, violación de la seguridad, datos genéticos, representante, empresa, autoridad de control, tratamiento transfronterizo, objeción pertinente y motivada, ...
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El tratamiento de datos personales no solo conlleva la responsabilidad del cumplimiento de los requisitos establecidos en el RGPD, LOPDGDD y legislación sectorial aplicable, sino también la responsabilidad de valorar si procede la realización de evaluación de impacto en la protección de datos y la consulta previa. Además, los responsables y encargados del tratamiento considerarán los ...
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El tratamiento de datos personales debe ser lícito conforme al RGPD y a la LOPDGDD. Esta licitud se consigue mediante el consentimiento del interesado o la necesidad de cumplir con alguna obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. El incumplimiento de estas condiciones de licitud es considerado una infracción muy grave.
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El artículo 13 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) establece que el responsable del tratamiento debe facilitar al interesado la información relativa a quién es el responsable, los fines del tratamiento, los destinatarios, si hay intención de transferir los datos a un tercer país, los derechos del interesado, el plazo de conservación, la existencia de decisiones ...
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Según el RGPD, cuando los datos personales no se hayan obtenido del interesado, el responsable del tratamiento debe proporcionar información sobre su identidad, datos de contacto, fines del tratamiento a que se destinan los datos personales y la base jurídica de los mismos, categorías de datos personales, destinatarios, plazos de conservación, derechos, etc. Asimismo, el responsable del ...
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El artículo 11 de la LOPDGDD, establece los elementos básicos de la transparencia e información en el tratamiento de datos personales. Cuando los datos se obtengan directamente del afectado, se deberá proporcionar la identidad del responsable del tratamiento, la finalidad del tratamiento y los derechos establecidos en los artículos 15 a 22 del RGPD.
Por otro lado, si los datos no se obtienen ...