Desarrollo de la Ley 37/2003, del Ruido, en lo referente a la evaluación y gestión del ruido ambiental
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Histórico
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Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 11 de Febrero de 2022
F. entrada en vigor: 18/12/2005
Órgano emisor: MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 301
F. Publicación: 17/12/2005
Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 3. Definiciones.
Artículo 4. Información al público.
Artículo 5. Índices de ruido y su aplicación.
Artículo 6. Métodos de evaluación de los índices de ruido ambiental.
Artículo 7. Métodos de evaluación de los efectos nocivos.
Artículo 8. Identificación y elaboración de mapas estratégicos de ruido.
Artículo 9. Delimitación del ámbito territorial de los mapas estratégicos de ruido.
Artículo 10. Planes de acción.
Artículo 11. Colaboración en la elaboración de mapas estratégicos de ruido y planes de acción.
Artículo 12. Mapas estratégicos de ruido limítrofes.
Artículo 13. Seguimiento.
Artículo 14. Información a la Comisión Europea.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA. Creación de un sistema básico de información sobre contaminación acústica.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Titulo competencial.
D.F. 2ª. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
D.F. 3ª. Entrada en vigor.
ANEXO I. Índices de ruido
ANEXO II. Métodos de evaluación para los indicadores de ruido
ANEXO III. Métodos de evaluación de los efectos nocivos
ANEXO IV. Requisitos mínimos sobre el cartografiado estratégico del ruido.
ANEXO V. Requisitos mínimos de los planes de acción
ANEXO VI. Información que debe comunicarse al Ministerio de Medio Ambiente
ANEXO VII. Criterios para la delimitación de una aglomeración