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Jurisprudencia | Propiedad horizontal
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Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Orden
Civil
Constitucional
Administrativo
Penal
Social
Ponente
Xiol Rios, Juan Antonio
Seijas Quintana, Jose Antonio
Arroyo Fiestas, Francisco Javier
Garcia Varela, Roman
Alegret Burgues, Maria Eugenia
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Sentencia CIVIL Nº 139/2020, AP - Malaga, Sec. 4, Rec 1231/2018, 13-03-2020
PRIMERO.- Interpone la representación procesal de Dª Tamara y la mercantil MÁLAGA MAYOR RESIDENCIAS, S.L. recurso de apelación frente a la sentencia dictada en la instancia que estima la demanda interpuesta por la Comunidad de Propietarios EDIFICIO000 -donde se integra el local comercial propiedad de Dª Tamara, explotado por la entidad Málaga Mayor Residencias, S. L.- y declara antisocial e ilícita la conducta de Málaga Mayor Residencias, S.L. (MMR) y de la Sra. Tamara con el resto de los vec
Auto Civil 350/2019 AP Valencia/València, Rec. 520/2019 de 09 de diciembre del 2019
Se aceptan los fundamentos de derecho de la resolución apelada en lo que no se opongan a los contenidos en est., PRIMERO.- La cuestión planteada por la parte apelante en virtud del recurso de apelación interpuesto es resolver si procede imponer, en aplicación del art. 394 de la <rel id="436271" uri="http://poolparty.vademecumlegal.es/Legislacion/30163"
Sentencia Civil 95/2019 AP Asturias, Rec. 42/2019 de 06 de marzo del 2019
Acción ejercitada por la CCPP de cesación de actividades molestas (actividad de prostitución) y de reclamación de daños y perjuicios, contra la arrendataria y la propietaria de vivienda ubicada en el edificio de la comunidad actora.
Sentencia Civil 294/2021 AP Santa Cruz de Tenerife, Rec. 391/2020 de 23 de julio del 2021
Propiedad horizontal. Acción de Cesación de una actividad incómoda y molesta. Se estima la demanda. Se desestima el daño moral porque una comunidad de propietarios carece de personalidad jurídica y no es susceptible de sufrir daño moral.
Auto Civil 84/2009 AP Madrid, Rec. 886/2008 de 23 de marzo del 2009
PRIMERO.- Por la representación de los apelantes Dª Zulima y D. Juan Carlos, demandados en primera instancia, se interpone recurso contra el Auto dictado por la Ilma. Sra. Magistrado Juez de 1ª Instancia nº 3 de Madrid con fecha 18 de julio de 2.008, estimatorio parcialmente de la petición de medidas cautelares interesadas por la actora y hoy apelada Comunidad de Propietarios del Edificio sito en la c/
Auto Civil 71/2005 AP Cáceres, Rec. 334/2005 de 18 de julio del 2005
OTRAS MATERIAS DERECHOS REALES
Auto Civil 560/2002 AP Burgos, Rec. 446/2002 de 23 de octubre del 2002
PRIMERO: Por la representación de la Comunidad de Propietarios demandante se apela el Auto del Juzgado de Instancia, de fecha 13 de junio de 2002, que denegaba la adopción de la medida cautelar solicitada, pretendiendo en esta alzada que se acuerde tal medida, cesación de la actividad a que se refiere con apercibimiento de incurrir en desobediencia, supervisándose su cumplimiento por la Policía Judicial, al amparo del Art.
Auto Civil 179/2011 AP Madrid, Rec. 20/2011 de 19 de septiembre del 2011
Se aceptan, en lo pertinente, los de la resolución recurrida. PRIMERO.- Contra el Auto denegatorio de las medidas cautelares solicitadas, interpone recurso de apelación la parte solicitante de las mismas, Mancomunidad de Propietarios DIRECCION000 de Majadahonda (Madrid), que articula, de forma resumida, en base a lo siguiente: 1.- Para el acogimiento de las medidas interesadas no
Auto Civil 245/2007 AP Cantabria, Rec. 789/2006 de 17 de abril del 2007
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Sentencia CIVIL Nº 156/2020, AP - Zaragoza, Sec. 4, Rec 147/2020, 22-06-2020
PRIMERO .- Se formula apelación contra la sentencia que estima la acción de cesación de actividades dañosas ex artículo 7.2 LPH. La parte apelante alega, como motivos de recurso, excepción de litisconsorcio pasivo necesario, por ser necesario demandar a las personas que habitan la bodega, porque en la demanda se postula el cese de tal actividad de utilizar la bodega como vivienda. El segundo