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Marginales | Derecho de familia
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»Familia
Las parejas de hecho no tienen derecho a una pensión compensatoria al finalizar su relación, ya que lo previsto en el art. 97 del CC, solo se aplica a los matrimonios. Sin embargo se tendrá derecho a ser indemnizado tras la ruptura de al pareja de hecho, acudiendo a la figura de la acción del enriquecimiento injusto, pero siempre y cuando concurran los requisitos que la jurisprudencia tiene ...