Marginales | Protección de datos
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Los códigos de conducta son documentos redactados voluntariamente por una empresa en el que se exponen los principios a los que se compromete unilateralmente a seguir. El objetivo de los códigos de conducta es contribuir a la correcta aplicación del reglamento de protección de datos personales (RGPD) teniendo en consideración las características y necesidades de los distintos sectores del ...
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El título VIII de la LOPDGDD contiene los procedimientos a seguir para cuando se produzca una vulneración de la normativa de protección de datos. Estos procedimientos están también regulados por el RGPD y se aplican cuando un afectado reclama el no cumplimiento de sus derechos reconocidos en los artículos 15 a 22 del precitado RGPD, o cuando se investiga una posible infracción. El Gobierno ...
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El artículo 64 de la LOPDGDD regula las diferentes formas de iniciación del procedimiento por vulneración de la normativa de protección de datos:
- Cuando el procedimiento se refiera a la falta de atención de una solicitud de ejercicio de los derechos establecidos en los artículos 15 a 22 del RGPD, se iniciará por acuerdo de admisión a trámite.
- ?Cuando el procedimiento tenga por objeto la ...
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La AEPD evalúa la admisión a trámite de reclamaciones por vulneración de la normativa de protección de datos. El artículo 65 de la LOPDGDD estipula que puede remitirlas al DPD o al organismo de supervisión designado para la aplicación de los códigos de conducta. Existen circunstancias que motivan la inadmisión, como el hecho de que el responsable o encargado hayan adoptado medidas ...
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El artículo 66 de la LOPDGDD regula la determinación del alcance territorial de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), y establece que la AEPD debe autoexaminar su competencia y determinar el carácter del procedimiento. En caso de apreciar que no tiene competencia, debe remitir la reclamación a la autoridad de control principal competente y archivar provisionalmente el procedimiento....
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La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) puede adoptar actuaciones previas de investigación antes de la adopción del acuerdo de inicio del procedimiento, según el artículo 67 de la LOPDGDD. La actuación de la AEPD es obligatoria cuando hay un tráfico masivo de datos personales. Las actuaciones de investigación se someten a los artículos 51 a 54 de la LOPDGDD, esto es, concurre el ...
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El artículo 68 de la LOPDGDD establece los requisitos para el inicio del procedimiento por vulneración de la normativa de protección de datos. En concreto, la conclusión de las actividades de investigación y la posibilidad de que la presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) dicten un acuerdo de inicio de procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora. ...
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La LOPDGDD y el RGPD, prevén dos supuestos especiales de aplicación de medidas como el bloqueo de los datos:
- La cesación en el tratamiento de los datos.
- La inmovilización de los datos en caso de incumplimiento.
También se prevé la obligación de atender el derecho solicitado en los casos de reclamaciones relacionadas con la falta de atención a los derechos del interesado.
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El RGPD y la LOPDGDD regulan el procedimiento sancionador por infracción de la normativa de protección de datos, incluyendo la imposición de multas administrativas. Están sujetos a este régimen responsables, encargados, representantes de responsables o encargados no establecidos en la UE, entidades de certificación y entidades acreditadas de supervisión de códigos de conducta. Las ...
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A la hora de conocer las infracciones existentes en materia de protección de datos, debemos remitirnos al artículo 71 de la LOPDGDD, constituyendo infracciones los actos y conductas a los que se refieren los apartados 4, 5 y 6 del artículo 83 del RGPD. Estas infracciones incluyen el incumplimiento de las obligaciones de los sujetos responsables, infracción de los principios y derechos, ...