Reforma en materia de infraestructuras y transporte, y otras medidas económicas
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Histórico
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Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 26 de Enero de 2014
F. entrada en vigor: 26/01/2014
Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 22
F. Publicación: 25/01/2014
Preambulo
Artículo primero. Modificación de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario.
Artículo segundo. Modificación de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias estatales para la mejora de los servicios públicos.
Artículo tercero. Modificación de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.
Artículo cuarto. Modificación de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013.
Artículo quinto. Modificación del texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
Artículo sexto. Modificación de la Ley 8/1972, de 10 de mayo, de construcción, conservación y explotación de autopistas en régimen de concesión.
Artículo séptimo. Modificación del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Artículo octavo. Concesión de un crédito extraordinario en el presupuesto del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
Artículo noveno. Modificación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Artículo décimo. Modificación del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.
Artículo undécimo. Modificación de la ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. Unica. Relación de aeropuertos que forman parte de una misma área de captación del destino.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Normas transitorias en materia de implantación de los sistemas telemáticos en las bonificaciones al transporte regular de pasajeros.
D.T. 2ª. Normas transitorias en relación con las modificaciones en materia de autopistas en régimen de concesión y con los contratos de concesión.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Título competencial.
D.F. 2ª. Habilitación normativa.
D.F. 3ª. Entrada en vigor.