2024 SMI
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Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 08 de Febrero de 2024
F. entrada en vigor: 08/02/2024
Órgano emisor: MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMIA SOCIAL
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 33
F. Publicación: 07/02/2024
Artículo 1. Cuantía del salario mínimo interprofesional.
Artículo 2. Complementos salariales.
Artículo 3. Compensación y absorción.
Artículo 4. Personas trabajadoras eventuales, temporeros y temporeras, y empleadas y empleados de hogar.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única. No afectación de la nueva cuantía del salario mínimo interprofesional en las referencias contenidas en normas no estatales y relaciones privadas.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Título competencial.
D.F. 2ª. Desarrollo y ejecución.
D.F. 3ª. Entrada en vigor y periodo de vigencia.