Df 3 2024 SMI

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D.F. 3ª. Entrada en vigor y periodo de vigencia.

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Este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y surtirá efectos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024, procediendo, en consecuencia, el abono del salario mínimo en el mismo establecido con efectos desde el 1 de enero de 2024.

Dado en Madrid, el 6 de febrero de 2024.

FELIPE R.

La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Trabajo y Economía Social, YOLANDA DÍAZ PÉREZ