Preambulo único normas para la aplicación y desarrollo de las prestaciones de muerte y supervivencia del RGSS
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Preambulo
La Ley de la Seguridad Social de 21 de abril de 1966, en su capítulo VIII, del título II, regula las prestaciones para muerte y supervivencia, y el Reglamento General aprobado por Decreto 3158/1966, de 23 de diciembre, establece normas para determinar la cuantía de las indicadas prestaciones y señala condiciones del derecho a las mismas.
Ambos textos precisan, para su efectividad, de las consiguientes disposiciones de aplicación y desarrollo, previstas en la propia Ley y en el citado Reglamento.
En consecuencia, y de conformidad con lo preceptuado en el apartado b del número uno, del artículo 4, y en la disposición final tercera de la Ley de la Seguridad Social, este Ministerio ha tenido a bien disponer:
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 23-02-1967 en vigor desde 01-01-1967