Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo
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Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Septiembre de 2023
F. entrada en vigor: 26/10/2017
Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 257
F. Publicación: 25/10/2017
PREÁMBULO
TÍTULO I. Medidas para facilitar la cotización a la Seguridad Social y para reducir las cargas administrativas de los trabajadores autónomos
Artículo 1. Nuevo régimen de recargos por ingreso fuera de plazo.
Artículo 2. Cotización en supuestos de pluriactividad de trabajadores autónomos.
TÍTULO II. Medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo
Artículo 3. Extensión de la cuota reducida para los autónomos que emprendan o reemprendan una actividad por cuenta propia.
Artículo 4. Beneficios en la cotización para personas con discapacidad, víctimas de violencia de género y víctimas de terrorismo que emprendan o reemprendan una actividad por cuenta propia.
TÍTULO III. Medidas para favorecer la conciliación entre la vida familiar y laboral de los trabajadores autónomos
Artículo 5. Bonificación a los trabajadores por cuenta propia por conciliación de la vida profesional y familiar vinculada a la contratación.
Artículo 6. Bonificaciones de cuotas de Seguridad Social para trabajadores autónomos durante el descanso por maternidad, paternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
Artículo 7. Bonificaciones a las trabajadoras autónomas que se reincorporen al trabajo en determinados supuestos.
TÍTULO IV. Derechos colectivos del trabajador autónomo
Artículo 8. Derechos colectivos básicos.
Artículo 9. Asociaciones profesionales de trabajadores autónomos.
Artículo 10. Modificación del artículo 22 del Estatuto del Trabajador Autónomo.
TÍTULO V. Medidas para clarificar la fiscalidad de los trabajadores autónomos
Artículo 11. Deducibilidad en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los gastos de suministros de la vivienda parcialmente afecta a la actividad económica y de los gastos de manutención incurridos en el desarrollo de la actividad.
TÍTULO VI. Medidas para mejorar la cotización de los trabajadores autónomos
Artículo 12. Base mínima de cotización para determinados trabajadores autónomos.
TÍTULO VII. Medidas para mejorar la formación profesional para el empleo de los trabajadores autónomos
Artículo 13. Oferta formativa de los trabajadores autónomos.
TÍTULO VIII. Equiparación a efectos de las contingencias derivadas de accidente de trabajo in itinere
Artículo 14. Equiparación a efectos de las contingencias derivadas de accidente de trabajo in itinere.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Participación de las organizaciones intersectoriales representativas del trabajo autónomo en el Consejo Económico y Social.
D.A. 2ª. Constitución del Consejo del Trabajo Autónomo.
D.A. 3ª. Conversión en bonificaciones de las reducciones de cuotas a la Seguridad Social.
D.A. 4ª. Estudio del concepto de habitualidad a efectos de la inclusión en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
D.A. 5ª. Trabajadores autónomos y cotización a tiempo parcial.
D.A. 6ª. Trabajadores autónomos y jubilación parcial.
D.A. 7ª. Bonificación por la contratación de familiares del trabajador autónomo.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Reglamento general sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 84/1996, de 26 de enero.
D.F. 2ª. Modificación del Reglamento general sobre cotización y liquidación de otros derechos de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre.
D.F. 3ª. Modificación del Reglamento general de recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio.
D.F. 4ª. Base reguladora de las prestaciones económicas por maternidad y paternidad de los trabajadores por cuenta propia.
D.F. 5ª. Compatibilidad de la realización de trabajos por cuenta propia con la percepción de una pensión de jubilación contributiva.
D.F. 6ª. Encuadramiento de hijos con discapacidad del trabajador autónomo.
D.F. 7ª. Modificación del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales.
D.F. 8ª. Modificación de la Disposición adicional duodécima de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.
D.F. 9ª. Modificación del texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
D.F. 10ª. Modificación de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.
D.F. 11ª. Rango reglamentario.
D.F. 12ª. Habilitación normativa.
D.F. 13ª. Entrada en vigor.