Df única se regula la relación laboral de carácter especial de las personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios, sin asumir el riesgo y ventura de aquéllas
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»D.F. UNICA.
QUEDAN DEROGADAS CUANTAS DISPOSICIONES SE OPONGAN A LO DISPUESTO EN EL PRESENTE REAL DECRETO, QUE ENTRARA EN VIGOR EL DIA 1 DE ENERO DE 1986, Y, ESPECIFICAMENTE, EL REAL DECRETO 2033/1981, DE 4 DE SEPTIEMBRE, Y EL REAL DECRETO 1195/1982, DE 14 DE MAYO.
DADO EN PALMA DE MALLORCA A 1 DE AGOSTO DE 1985.
-JUAN CARLOS R.-EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, JOAQUIN ALMUNIA AMANN.