Df 6 Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.F. 6ª. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 6 de noviembre de 2015.
FELIPE R.
El Ministro de Justicia,
RAFAEL CATALÁ POLO
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-11-2015 en vigor desde 08-11-2015