Df 5 Prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo
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»D.F. 5ª. Desarrollo reglamentario.
Se habilita al Gobierno para que, en el plazo de un año a contar desde la entrada en vigor de esta Ley, apruebe las disposiciones reglamentarias para su ejecución y desarrollo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-04-2010 en vigor desde 30-04-2010