Df 5 Libro segundo del Codigo civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia
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»D.F. 5ª. Entrada en vigor.
La presente ley entra en vigor el 1 de enero de 2011.
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley cooperen en su cumplimiento y que los tribunales y autoridades a los que corresponda la hagan cumplir.
Palacio de la Generalidad, 29 de julio de 2010.-El Presidente de la Generalidad de Cataluña, José Montilla i Aguilera.-La Consejera de Justicia, Montserrat Tura i Camafreita.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 05-08-2010 en vigor desde 01-01-2011