Df 4 Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada
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»D.F. 4ª. Habilitación normativa.
Se autoriza a la Ministra de Empleo y Seguridad Social para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación y desarrollo de lo establecido en el presente real decreto, en particular, para la determinación de la forma y contenido de la información estadística y para el tratamiento electrónico de los procedimientos de regulación de empleo a que se refiere la disposición adicional segunda del Reglamento que se aprueba por este real decreto.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-10-2012 en vigor desde 31-10-2012