Df 4 Libro segundo del Codigo civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia
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»D.F. 4ª. Remisiones de la Ley 21/2000.
Desde la entrada en vigor de la presente ley, las remisiones que el artículo 7 de la Ley 21/2000, de 29 de diciembre, sobre los derechos de información concerniente a la salud y la autonomía del paciente, y a la documentación clínica, hace al Código de familia deben entenderse hechas a lo que el artículo 212-22 del Código civil establece en materia de consentimiento informado.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 05-08-2010 en vigor desde 01-01-2011