Df 2 criterios básicos so...prevención

Df 2 criterios básicos sobre la organización de recursos para desarrollar la actividad sanitaria de los serviciosde prevención

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.F. 2ª. Habilitación para el desarrollo reglamentario.

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Se habilita a las personas titulares de los Ministerios de Sanidad, Política Social e Igualdad y de Trabajo e Inmigración, para que de forma conjunta dicten las disposiciones que sean necesarias para la aplicación y desarrollo de este real decreto, debiendo realizarse mediante real decreto en el caso de que afecte a criterios básicos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 04-07-2011 en vigor desde 05-07-2011