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A la entrada en vigor de la presente Ley Orgánica, quedan derogadas, en su totalidad, las Leyes de 15 de marzo de 1940; de 23 de noviembre de 1940; de 2 de septiembre de 1941; 24/1970, de 2 de diciembre, y 55/1978, de 4 de diciembre. Quedan, asimismo, derogadas cuantas disposiciones, de igual o inferior rango, se opongan a lo preceptuado en la presente Ley.
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley Orgánica.
Palacio de la Zarzuela, Madrid, a 13 de marzo de 1986.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno,
FELIPE GONZÁLEZ MÁRQUEZ.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 14-03-1986 en vigor desde 03-04-1986