Da 7 General de Subvenciones
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»D.A. 7ª. Entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.
A las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social que integran el sistema de la Seguridad Social les serán de aplicación las previsiones de esta ley en los mismos términos que a los organismos autónomos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-11-2003 en vigor desde 18-02-2004