Da 20 General de Subvenciones
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»D.A. 20ª. Actualización de las cuantías previstas en esta ley.
Se autoriza al Consejo de Ministros para que pueda actualizar, mediante real decreto, las cuantías que se indican en esta ley, dando audiencia a las comunidades autónomas cuando la actualización afecte a un precepto de carácter básico.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-11-2003 en vigor desde 18-02-2004