Da 11 Reforma del Estatuto de Autonomia de Cataluña
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»D.A. 11ª. Capacidad normativa.
En el marco de las competencias y de la normativa de la Unión Europea, la Administración General del Estado cederá competencias normativas en el Impuesto sobre el Valor Añadido en las operaciones efectuadas en fase minorista cuyos destinatarios no tengan la condición de empresarios o profesionales y en la tributación en la fase minorista de los productos gravados por los Impuestos Especiales de Fabricación.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-07-2006 en vigor desde 09-08-2006