Da 11 General de Subvenciones

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D.A. 11ª. Procedimiento de reintegro de subvenciones concedidas por el Instituto Nacional de Empleo.

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No obstante lo establecido en el apartado 5 del artículo 42 de esta ley, las resoluciones de los procedimientos de reintegro dictadas por el Instituto Nacional de Empleo no pondrán fin a la vía administrativa, y podrá interponerse contra las mismas recurso de alzada en los términos recogidos en el título VII de la Ley 20/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-11-2003 en vigor desde 18-02-2004