Da 1 Subsidio por desempleo en favor de trabajadores eventuales incluidos en el REASS
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.A. 1ª. Ámbito de aplicación territorial.
De conformidad con lo previsto en el apartado 2 del artículo 1, el subsidio por desempleo regulado en este Real Decreto se aplicará, mientras subsistan las actuales circunstancias de paro, a las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-01-1997 en vigor desde 11-01-1997