Da 1 integra los Regímenes Especiales de la Seguridad Social de Trabajadores Ferroviarios, Jugadores de Fútbol, Representantes de Comercio, Toreros y Artistas en el Rég. General, e integración del Régimen de Escritores de Libros en el RETA
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»D.A. 1ª.
En cuanto al régimen de desempleo de los colectivos integrados en el Régimen General de la Seguridad Social, se estará a lo que establezca el Gobierno, mediante el Real Decreto que se dicte en desarrollo de la Ley 31/1984, de 2 de agosto, de Protección por Desempleo, con la finalidad específica de abarcar a los colectivos integrados.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-1986 en vigor desde 01-01-1987