Articulo único Reglamento de condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas
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»Artículo único. Objeto.
Mediante el presente Real Decreto se aprueba el Reglamento que establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas, que se incluye a continuación con los anexos que lo completan.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-09-2001 en vigor desde 30-09-2001