Articulo 98 Organización ...autonómico

Articulo 98 Organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico

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Artículo 98. Personal.

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El personal de los consorcios autonómicos se sujetará al régimen previsto en el artículo 58º de la presente Ley.

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  • Texto Original. Publicado el 31-12-2010 en vigor desde 01-01-2011