Articulo 92 Reforma del Estatuto de Autonomia de Cataluña
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»Artículo 92. La comarca.
1. La comarca se configura como ente local con personalidad jurídica propia y está formada por municipios para la gestión de competencias y servicios locales.
2. La creación, modificación y supresión de las comarcas, así como el establecimiento del régimen jurídico de estos entes, se regulan por una ley del Parlamento.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-07-2006 en vigor desde 09-08-2006